
Bucaramanga, Colombia – Un insólito caso ha sacudido el debate público sobre los alcances del derecho a la salud mental en Colombia. Un juez de Bucaramanga falló a favor de un ciudadano que, tras alegar una profunda crisis emocional y baja autoestima, interpuso una tutela solicitando a su EPS el suministro de dos muñecas terapéuticas como parte de su tratamiento psicológico.
La petición, aunque inusual, fue sustentada con diagnósticos médicos que argumentaban que el objeto solicitado representaba un recurso simbólico para el bienestar del paciente. El juez, lejos de desestimar la solicitud, analizó el caso desde la perspectiva de los derechos fundamentales y el concepto de salud integral, respaldado en el principio de atención personalizada dentro del sistema de salud.
La EPS deberá ahora cumplir con el fallo y entregar los elementos ordenados por el despacho judicial.
El fallo ha generado reacciones divididas en todo el país. Algunos lo interpretan como un avance en la inclusión de tratamientos no convencionales dentro del enfoque de salud mental; otros lo califican como un precedente riesgoso para la jurisprudencia y el uso de recursos del sistema.
Más allá de la controversia, el caso abre una reflexión profunda: ¿hasta qué punto debe el sistema de salud adaptarse a las necesidades subjetivas de los pacientes cuando lo que está en juego es su bienestar emocional?
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