
El pasado 8 de julio, Álvaro Uribe Vélez concluyó sus alegatos finales en el juicio por presunta manipulación de testigos, fraude procesal y soborno. Aunque el expresidente ha reiterado su compromiso con la verdad, la Fiscalía pidió que sea declarado culpable por liderar una estrategia para influir en testigos importantes.
Por su parte, la jueza Sandra Heredia anunciará su decisión el próximo 28 de julio. Además, el abogado Jaime Lombana, defensor de Uribe, argumentó que no se demostró su responsabilidad como determinador ni su intención de influir en el proceso.
Para Lombana, Uribe solo intentaba confirmar un posible plan de venganza orquestado por exparamilitares extraditados. También afirmó que el expresidente actuó como cualquier ciudadano, sin privilegios, y buscaba protegerse.
Por otra parte, en relación con Juan Guillermo Monsalve, testigo central, insistió en que Uribe solo pretendía verificar información. Lombana dijo confiar en la imparcialidad del juzgado y aseguró que la defensa ha actuado siempre con respeto hacia la justicia y sin ánimo dilatorio.
En este contexto, ante varias dudas que existen sobre la posibilidad de que se imparta una condena penal en firme, en Caracol Radio surgió el interés por entender si en este caso, Álvaro Uribe perdería su pensión vitalicia como expresidente o cualquier otro beneficio institucional asociado a ese cargo.
¿Qué es la pensión vitalicia?
Es determinante considerar que la pensión vitalicia en Colombia se refiere a un beneficio otorgado a los expresidentes que hayan cumplido 50 años de edad y acumulado al menos 20 años de servicio público.
En este caso, esta pensión equivale al 75 % del salario presidencial o al sueldo de un congresista, actualmente cercano a los 34 millones de pesos mensuales.
Tenga en cuenta que este beneficio se transfiere a la viuda y luego a los hijos menores o con discapacidad si el expresidente fallece. En el caso de que al dejar el cargo no se cumplan los requisitos, se le otorga una pensión especial temporal hasta que los cumpla.
Esta pensión es incompatible con la del régimen privado y se activa solo al cumplir los requisitos. En este orden de ideas, Caracol Radio habló con Francisco Bernate, abogado penalista, presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia y profesor de la Universidad del Rosario, para profundizar en el tema.
¿Puede Álvaro Uribe perder su pensión vitalicia, luego del juicio?
Según Bernate, la pensión vitalicia de los expresidentes en Colombia está establecida por la Ley 48 de 1962 y no se pierde en caso de una condena penal.
“Si hubiera una condena, la pensión vitalicia no la pierde. Él perdería sus derechos políticos, es decir, el derecho a elegir y ser elegido durante el mismo lapso de la sanción. Pero los beneficios institucionales asociados al cargo de presidente no se pierden por cuenta de una condena penal”, agregó sobre el caso del expresidente.
Explicó que esto se debe a que el país no ha enfrentado recientemente la condena de un expresidente, por lo que no se han previsto medidas específicas al respecto. Por ende, la legislación actual no contempla el retiro de la pensión por razones penales.
¿Qué diferencia el proceso penal contra un expresidente en comparación con otros casos?
Desde la perspectiva de Bernate, la diferencia más relevante en este caso es la agilidad con la que se ha tramitado el proceso, a diferencia de lo que ocurre con los ciudadanos comunes, quienes deben esperar entre cinco y ocho años para una resolución.
Para el abogado, un ciudadano de a pie no cuenta con la garantía ni la facilidad de que se cierre un despacho exclusivamente para atender su caso.
“Es cierto que los presidentes y los senadores tienen un fuero, pero ningún ciudadano tiene derecho a una mejor justicia que los demás. Entonces, ahí sí hay algo que los demás ciudadanos echamos de menos en la justicia cotidiana”, concluyó.
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