La Superintendencia de Industria y Comercio inició investigaciones contra diez empresas comercializadoras de productos relacionados con el consumo de tabaco y cigarrillos electrónicos (vapeadores) por presuntamente vulnerar los derechos de los consumidores establecidos en la Ley 2354 de 2024, conocida como ‘Ley antivapeo’.
Luego de visitar 27 establecimientos proveedores de estos productos, físicos y electrónicos, durante los meses de agosto y septiembre pasados, la Dirección de Investigación de Protección al Consumidor de la SIC estableció que diez de ellos habrían vulnerado los derechos de los consumidores y la reglamentación para evitar el acceso de menores de edad a estos productos.
Entre las posibles infracciones a la regulación especial sobre el consumo de tabaco y sus derivados fueron identificadas las siguientes:
– Comercialización de productos con empaques particularmente atractivos para los menores de edad. El diseño de los empaques podría incentivar su consumo, contrariando la protección reforzada que la ley otorga a niños, niñas y adolescentes para salvaguardar su salud.
– Implementación de mecanismos que promueven o incentivan la compra de estos productos. Los proveedores habrían incurrido en la prohibición total de promoción de productos de tabaco, al exhibir, en establecimientos físicos, productos de tabaco o derivados acompañados de formas de comunicación que podrían constituir promoción o incentivo a la compra.
– Empaques con información esencial en inglés.
– Ausencia de información visible sobre los precios de los productos comercializados.
– Incumplimiento de los deberes de identificación de los proveedores en el marco del comercio electrónico.
– Faltas relacionadas con la disponibilidad de vueltas correctas.
Respecto de las órdenes administrativas en materia de comercio electrónico, mediante Resolución 106801 de 2025, la SIC ordenó a once empresas que comercializan cigarrillos, productos de tabaco, sus derivados, sucedáneos, imitadores y dispositivos relacionados, implementar medidas reforzadas para impedir el acceso de menores de edad a estos productos.
Entre las disposiciones que ordenó la SIC para corregir la situación están:
– Sistemas de doble verificación de mayoría de edad al ingresar a la sección de productos y al momento del pago.
– Leyendas visibles de ‘Solo para mayores de 18 años’ en todas las publicaciones.
– Alertas que informen dentro del comercio electrónico que la entrega solo se realizará a mayores de edad con verificación de documento.
– Filtros tecnológicos que bloqueen navegación, registro y compra cuando el usuario declare ser menor de edad.
– Diseño de un protocolo de verificación y control del cumplimiento de las medidas para la protección de los niños, niñas y adolescentes en comercio electrónico.
Las empresas objeto de investigación por parte de la entidad de vigilancia y control son: Grupo Divervape Sas, My Vape Sas, Camilo Andrés Gutiérrez Cardona, Daniel Orlando Muñoz Nieto, Gustavo Medellín Lesmes, Juan Pablo Pedraza Peña, Daniel Alejandro Londoño Henao, Gragon Vape Sas, Joseph Steven Russi Pinillos y Jessy Dan Rivera Cardona.
Estas compañías tendrán la oportunidad de ejercer su derecho de defensa ante la autoridad de consumo con las garantías que brinda nuestro ordenamiento jurídico.
Así mismo, a través de la Resolución 106801 de 2025, la SIC ordenó a once empresas que comercializan cigarrillos, productos de tabaco, sus derivados, sucedáneos, imitadores y dispositivos relacionados, a través de comercio electrónico, implementar medidas reforzadas para impedir el acceso de menores de edad a estos productos.
Estas empresas son: Dislicores S.A.S., Torres Trillizas S.A.S. (TOTRI), Grupo DIY S.A.S., Bloommart Colombia S.A.S., Compañía Colombiana de Tabaco S.A.S., Vapor Soul S.A.S., C911 Group S.A.S., Almacenes Éxito S.A., Vapor Life Store S.A.S., Mister Hookah S.A.S. y Rappi S.A.S.
Se el primero en dejar un comentario